R.G. MIGRACIÓN MÉXICO
Nuestra Firma

R.G. LOPEZ JIMENEZ ABOGADOS, S.C., proporciona  asesoría y
orientación legal a clientes corporativos y personas físicas en la obtención
de visas, de visitantes no inmigrantes o de inmigrantes, que permitan a
sus empleados extranjeros, a las familias de éstos, a sus dependientes
económicos, así como a personas en lo individual, mantener legal
estancia y desempeñar actividades lucrativas en territorio mexicano.


El despacho se encarga de que la situación legal migratoria del titular y
de sus dependientes familiares se encuentre actualizada para la actividad
específica que desarrollará cada miembro de la familia en México.
Servicios legales
para la migración
a México.
División especializada de R.G. LÓPEZ
JIMÉNEZ ABOGADOS, S.C.
México, D.F.
R.G. López Jiménez Abogados, S.C.
Teléfonos: (52-55) 5661-0866, (52-55) 5661-7563
Facsímil: (52-55) 1084-2744
Contacto:
rg@rglopezabogados.com
www.rglopezabogados.com
Calidades y características
migratorias

No inmigrante. Inmigrante.
Inmigrado
La denominación de la característica y
modalidad migratoria refleja el propósito
de la estancia del extranjero en el país
y/o la actividad que desarrollará. La
modalidad únicamente aplica a los
Visitantes y tiene 10 posibles elecciones


No inmigrante.
Es el extranjero que con permiso de la
Secretaría de Gobernación se interna en
la República Mexicana temporalmente,
dentro de alguna de las siguientes
características migratorias:

Turista
Estudiante
Transmigrante
Visitante
Visitante distinguido
Visitante local
Visitante provisional
Asilado político
Corresponsal
Refugiado



Inmigrante.
Es el extranjero que se interna
legalmente en el país con el propósito de
radicarse en él, en tanto adquiera la
calidad de Inmigrado, dentro de las
siguientes características

Rentista
Técnico
Inversionista
Familiar
Profesional
Artista
Deportista
Cargo de confianza
Asimilado
Científico.



Inmigrado.
Es el extranjero que adquiere derechos
de residencia definitiva en México. Los
Inmigrantes con residencia legal en el
país durante cinco años, podrán adquirir
la calidad migratoria de Inmigrados,
siempre que hayan observado las
disposiciones de la Ley y sus
reglamentos y que sus actividades hayan
sido honestas y positivas para la
comunidad.